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¿Cómo afecta la venta de una vivienda en la declaración de la renta?

Te damos algunos consejos sobre la tributación de la venta de una vivienda en Navarra

Ampliar ¿Cuándo es el último día para hacer la Declaración de la Renta en Navarra?
Te contamos cómo afecta la venta de una vivienda a la Declaración de la RentaPIXABAY
  • DN Inmo
Publicado el 30/04/2024 a las 10:41
Si vendiste una vivienda en propiedad en 2023, hay cambios que te afectan de cara a la declaración de la renta que debes presentar este año. Para empezar, si habitualmente encuentras tu borrador hecho en la web del Gobierno de Navarra, este año habrás visto que no está y que tendrás que realizarla antes del 27 de junio.
En DN INMO queremos explicarte cómo te afecta la venta. Primero, debes saber que todas las operaciones de compraventa deben incluirse en la Declaración de la Renta dado que están sujetas a gravamen en el IRPF por la ganancia patrimonial obtenida (con respecto a tu valor de adquisición en su día).
Dependiendo de cada situación, de la edad y de la cantidad obtenida por la venta, de si hablamos de vivienda o sucesivas, la cantidad final a pagar será diferente.
Para conocer el beneficio real obtenido en una compraventa tendrás que tener en cuenta estos conceptos, te lo explicamos paso a paso:
  • Calcula el valor de transmisión: Es el valor por el cual has vendido tu vivienda, más todos los gastos e impuestos que has tenido que asumir como propietario: Plusvalía Municipal en Pamplona, Cédula de Habitabilidad, honorarios de la agencia inmobiliaria, gastos de cancelación hipotecaria etc.
  • Calcula el valor de la adquisición: Debes sumar al valor por el que en su día compraste la vivienda, todos los gastos y tributos que tuviste que asumir como comprador: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o IVA, Notaría, Gestoría, Tasación, Registro… Al valor de adquisición debes restar los beneficios fiscales y amortizaciones de los que hayamos podido disfrutar.
  • Calcula la ganancia patrimonial: Al valor de la transmisión le tienes que restar el valor de la adquisición. Si este es positivo, habrás obtenido una ganancia patrimonial real con la venta de nuestra vivienda y, por lo tanto, tendrás que tributar por ella aplicando el tramo de IRPF que corresponda.
¿Y si no ha habido ganancia con la venta? Aunque las pérdidas patrimoniales no tributan, también tienen que declararse. De hecho, estas pérdidas podrían compensar otras ganancias patrimoniales procedentes de fondos o acciones, ayudándote a rebajar la factura fiscal.
El porcentaje de tributación dependerá de los diferentes tramos de renta de cada individuo (sujeto pasivo), así como de la provincia en la que dicha persona tribute, ya que dichos tramos de renta varían en función del territorio en el que cada ciudadano tenga sus obligaciones fiscales.
Hay algunos supuestos en los que la ganancia patrimonial queda exenta de tributación. Son los siguientes:
  • Si la ganancia patrimonial obtenida por la venta la invertimos en la compra de una vivienda habitual.
  • Si vendemos nuestra vivienda habitual y tenemos más de 65 años.
  • Si destinamos la ganancia patrimonial a una renta vitalicia y tenemos más de 65 años.
  • En casos de dación en pago.
En toda decisión económica, como es la venta de una vivienda, es fundamental conocer las implicaciones fiscales. Por eso, en DN INMO siempre recomendamos tener un buen asesoramiento previo para evitar sorpresas desagradables.
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