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Extinción de concejos

Concejos se oponen a su extinción, iniciada por el Gobierno de Navarra

El Ejecutivo ha impulsado, de oficio, los expedientes para extinguir 9 concejos sin candidatos en las dos últimas elecciones, según la ley renovada en 2019

Ampliar Dos aficionados ruedan en sus bicicletas por la travesía de Narbarte.
Dos aficionados ruedan en sus bicicletas por la travesía de Narbarte. eduardo buxens
Publicado el 05/05/2024 a las 05:00
No están conformes y van a pelear por seguir vivos. Varios de los 9 concejos en vías de extinción por no haber tenido candidaturas en las dos últimas elecciones han optado por alegar. Recurrirán frente al proceso iniciado, de oficio, por el Gobierno de Navarra, que ha activado por vez primera una cláusula de extinción de concejos incorporada en 2019 a la Ley Foral 6/1990 de Administración Local, dentro de la reforma del Mapa Local.
Según establece ahora el artículo 44 de esa ley, es causa de extinción de un concejo el hecho de que no se hayan presentado candidaturas en dos procesos electorales concejiles sucesivos, sin que a efectos del cómputo se tenga en consideración la celebración de elecciones parciales. En este caso, se ha puesto el foco en los comicios concejiles de 2019 y 2023. Y ahora, según se ha publicado ya en el BON, son 9 las entidades locales de Tierra Estella, Zona Norte y la Merindad de Sangüesa amenazadas con desaparecer. Los concejos de Narbarte (en el municipio de Bertizarana), Antxoritz (Esteribar), Azanza (Goñi), Igal (Güesa), Iturgoyen (Guesálaz), Ardanaz de Izagaondoa (Izagaondoa), Navascués (Navascués), Olaiz (Oláibar) y Bearin (Valle de Yerri). Suman más de 800 vecinos. Conforme a la citada ley, “una vez producida la extinción de un Concejo, cesarán sus órganos de gestión”. “El gobierno y administración, en el ámbito territorial del Concejo extinguido, se realizará por el ayuntamiento del municipio que sucederá en la titularidad de los bienes y en los derechos y obligaciones del Concejo, ejerciendo todas las competencias que la ley atribuye a los municipios”. Además, “con respecto a los presupuestos del Concejo en ejecución, se procederá a su liquidación e incorporación al del ayuntamiento”.
EL CONCEJO EXTINTO PIERDE LA TITULARIDAD DE SUS COMUNALES
Entre las competencias atribuidas a un concejo está la administración, conservación y aprovechamiento de su patrimonio, según establece la Ley Foral de Administración Local. Y en muchos casos, ese patrimonio está vinculado a bienes comunales que el vecindario del pueblo disfruta desde tiempos inmemoriales. ¿Pero qué pasa cuando un concejo se extingue? La ley es clara. “El ayuntamiento del municipio sucederá en la titularidad de los bienes y en los derechos y obligaciones del Concejo”. ¿Y en qué situación quedan entonces los comunales? “El disfrute y aprovechamiento vecinal de los bienes comunales pertenecientes a las entidades locales que se extingan quedará limitado a la población residente en el ámbito territorial que aquéllas hubiesen tenido”.

LAS COMPETENCIAS DE UN CONCEJO
Los concejos se enmarcan dentro de los llamados municipios compuestos (existen 60 sobre los 272 totales). Son entidades locales con autonomía propia en algunas competencias, a diferencia de los pueblos tutelados, que dependen en todo del ayuntamiento en el que se adscriben. La ley fija algunas competencias concejiles básicas vinculadas a: patrimonio, caminos rurales, otorgamiento de licencias urbanísticas, limpieza viaria, alumbrado público, cementerios, archivo concejil y fiestas locales.

​¿Qué situaciones llevan a extinguir un concejo?
Cuatro según el artículo 44 de la Ley Foral de Administración Local (renovada en 2019 con la reforma del Mapa Local): por petición escrita de la mayoría de vecinos; por petición del órgano de gobierno del Concejo; cuando no se hayan presentado candidaturas en dos procesos electorales concejiles sucesivos; o cuando se carezcan manifiestamente de recursos para ejercer sus competencias.

¿En qué ha cambiado la ley en ese aspecto?
Se añadió la cláusula vinculada a las elecciones y se eliminó la ligada al número de habitantes, que fijaba alcanzar una población mínima de 16 habitantes y que existieran al menos 3 unidades familiares.

​345
CONCEJOS ACTIVOS HAY EN NAVARRA. Y la tendencia es a la baja. En 2010 eran 351, 372 en 1995 y 477 en 1990.

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CONCEJOS SE HAN EXTINGUIDO DESDE 2010
por diversas causas. Gollano (en Améscoa Baja), en 2022, y Arteta (Valle de Ollo), en 2016, por petición vecinal; Zulueta (Noáin-Valle de Elorz), en 2014, por petición de la junta concejil; Leranotz (Esteribar) y Yárnoz (Noáin-Valle de Elorz), en 2010, por llevar 3 años con menos de 16 habitantes; y Artozqui (Arce), en 2010, al ser anegado por Itoiz.

​LOS SIGUIENTES CONCEJOS 'AMENAZADOS'
Cerrado el ciclo electoral concejil de 2023, hubo 38 concejos sin candidaturas. De ellos, 9 son los que ahora se hallan en vías de extinción (pues tampoco tuvieron listas en 2019). Los otros 29 deberán contar con candidatos en 2027 si no quieren ver peligrar su existencia. Son: Uztegi (Araitz), Ciganda (Atez), Zariquiegui (Cizur), Ibero e Izu (Cendea de Olza), Espinal (Erro), Inbuluzketa (Esteribar), Uscarrés (Gallués), Igúzquiza y Urbiola (Igúzquiza), Beorburu (Juslapeña), Arruitz y Mugiro (Larraun), Artajo (Lónguida), Acedo (Mendaza), Ustés (Navascués), Zufía (Metauten), Traibuenas (Murillo el Cuende), Ostiz (Odieta), Olave (Olaibar), Ibilcieta y Sarriés (Sarriés), Eltzaburu y Zenotz (Ultzama), San Vicente (Urraúl Bajo), Anotz y Saldise (Valle de Ollo), y Arizaleta y Riezu (Valle de Yerri).

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